TERMÓMETRO FISCAL
Algunos detonantes para la fiscalización
La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) continúa divulgando los diferentes casos o acciones de los contribuyentes que provocan practicar auditorías fiscales y así mismo ejercer la facultad del requerimiento de información bancaria. Ello, como producto de la nueva metodología de fiscalización mediante el uso de avanzados sistemas informáticos diseñados especialmente para controlar, cruzar, analizar, comparar, entre otros más, las operaciones de los tributarios.
' Quienes trasladen su domicilio fiscal a zonas rojas o poco accesibles serán fiscalizados.
Óscar Chile Monroy
En la conferencia ofrecida por la autoridad tributaria el recién pasado 31 de agosto, se informó que en el caso de las importaciones se evalúa el valor declarado con lo registrado en la contabilidad y con lo pagado realmente al proveedor. En caso de detectar inconsistencias, ello se traduce en un aviso para que la SAT programe la auditoría fiscal a los contribuyentes en los que se detecten diferencias. Lo indicado deben tomarlo en cuenta los importadores, para no incurrir en contingencia fiscal. En caso de duda razonable del valor de la importación, la autoridad tributaria puede requerir la información bancaria de la empresa para localizar otras cuentas bancarias en las que se complementa el pago de las importaciones y así mismo el control de otras cuentas de empresas o personas relacionadas con el importador. Para el movimiento bancario de los contribuyentes, la Administración Tributaria debe acudir ante juez competente.
Otro de los temas que nos llamaron la atención fue lo relacionado con los denominados contribuyentes tránsfugas, que son las empresas que la autoridad tributaria ha calificado como contribuyentes medianos o especiales regionales en las regiones en las que están ubicados sus domicilios fiscales, para una fiscalización más directa y mayor por parte del ente fiscalizador. La autoridad tributaria ya ha detectado que para eludir esa calificación, algunos han trasladado sus domicilios fiscales a la región central, y como este grupo es más grande y diverso, dejan de ser medianos especiales y así eludir estar controlados por la autoridad tributaria. Así mismo, para esos contribuyentes que han sido calificados como medianos o especiales y que para eludir tal calificación han decidido dejar sin movimiento las empresas, la autoridad tributaria les da seguimiento a las otras empresas en las cuales continúan sus operaciones. Tales comportamientos son avisos para que la SAT practique auditoría fiscal a los contribuyentes tránsfugas.
Se indicó también que otro de los casos que ocasiona la fiscalización es lo relacionado al domicilio fiscal. Hay contribuyentes que, con tal de quedar alejados de las auditorías, deciden trasladar su domicilio fiscal a zonas rojas o bien lugares de difícil acceso, buscando con ello que los auditores no puedan llegar a hacer las fiscalizaciones en las instalaciones de la empresa. Al respecto, la autoridad tributaria manifestó que, con base en los programas informáticos para practicar las auditorías fiscales, ya no es necesaria la presencia física, y que para esos contribuyentes que trasladan su domicilio fiscal a los lugares indicados se estará requiriendo la información bancaria, y con ese movimiento financiero en manos del ente fiscalizador estará comparando los ingresos con lo declarado en los regímenes impositivos, y obviamente ello sería insumo para formular ajustes fiscales.
Las operaciones entre empresas relacionadas también será objeto de fiscalización, y cuando la administración tributaria detecte que la facturación entre empresas carece de sustancia, puede calificarla como simulación. En este punto es importante indicar que realizar operaciones entre empresas relacionadas no está prohibido, pero cada grupo empresarial debe examinar bien sus operaciones, a efecto de tener en orden y en estricto apego a la ley tales transacciones, para evitar contingencias fiscales.