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Verificamos por Usted: ¿Fiscalizar a una funcionaria encuadra como violencia contra la mujer?

La fiscalización de los actos de la administración pública no puede tipificarse como violencia contra la mujer, advierten abogadas expertas en derechos de las mujeres.

Presentan denuncia contra magistrados de la sala primera de apelaciones e integrante del Consejo de la Carrera Judicial . (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Presentan denuncia contra magistrados de la sala primera de apelaciones e integrante del Consejo de la Carrera Judicial . (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer es reconocida por organizaciones de derechos humanos como una normativa primordial para contrarrestar la violencia contra este grupo poblacional, aunque en los últimos años algunas funcionarias públicas la han utilizado como un mecanismo para evadir la auditoría social.

Esta legislación fue promulgada en el 2008, durante el gobierno de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), debido a la necesidad de proteger a mujeres víctimas de violencia por su condición de género.

Su objetivo es garantizar “la vida, la libertad, la integridad, la dignidad, la protección y la igualdad de todas las mujeres” cuando sean agredidas en relaciones de poder por medio de prácticas discriminatorias, violencia física, sexual, económica o cualquier otro tipo de coacción. Esto puede ocurrir tanto en el ámbito privado como el público.

La ley define conceptos clave, como misoginia, que es el “odio, desprecio o subestimación a las mujeres por el solo hecho de serlo”. En cuanto a relaciones de poder, refiere que son “manifestaciones de control o de dominio que conducen a la sumisión de la mujer y a la discriminación en su contra”.

Y en cuanto a la violencia contra la mujer, establece que es “toda acción u omisión basada en la pertinencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación de libertad, tanto en el ámbito público como el privado”.

¿DE DÓNDE SALIÓ LA INFORMACIÓN?

Sin embargo, en los últimos años varias funcionarias públicas que ocupan puestos de alta jerarquía en las instituciones estatales han denunciado a periodistas y actores políticos de oposición cada vez que se les intenta fiscalizar el ejercicio de sus labores. El caso más reciente fue el de Dina Bosch Ochoa, hija de la magistrada de la Corte de Constitucionalidad, Dina Ochoa. Ella denunció por violencia contra la mujer en el ámbito público a tres periodistas de elPeriódico luego de que el medio de comunicación publicara una noticia sobre un contrato público que Bosch Ochoa tiene en el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Otro caso similar ocurrió en febrero de este año, cuando la ministra de Educación, Claudia Ruiz, denunció al diputado Aldo Dávila por violencia contra la mujer. Días antes, Dávila había solicitado la interpelación de la funcionaria por presuntas anomalías en la cartera que dirige. De igual forma, en 2021 un juzgado dictó medidas a favor de la exdiputada Alejandro Carrillo, directora del Instituto de la Víctima, contra los directores del Diario La Hora, Oscar Clemente y Pedro Pablo Marroquín, luego de que el medio publicara investigaciones periodísticas que cuestionan el trabajo de la funcionaria. Anteriormente, también han recurrido a esta práctica la excandidata presidencial Sandra Torres y la ex vicepresidenta Roxana Baldetti, quien cumple una condena de 15 años por corrupción.

¿CUÁL ES EL CONTEXTO?

Diversas organizaciones de mujeres han expresado su rechazo al uso que funcionarias públicas le han dado a la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, ya que consideran que se trata de una práctica para blindarse de la auditoría social. “Están desprestigiando la ley y debilita a las instituciones porque éstas dedican recursos a casos que no los ameritan. En lugar de ello podrían invertirlos en situaciones que sí son necesarias. Se está usando la ley como un escudo para mantener impunidad”, dijo Carmen López, abogada feminista con 40 años de ejercicio profesional e integrante del Convergencia Ciudadana de Mujeres. López destaca que la ley sí es necesaria, puesto que Guatemala es un país altamente violento contra las mujeres. Sin embargo, cuando funcionarias con poder la utilizan con otros fines se le hace un daño al sistema de justicia y a las víctimas de este delito en general, quienes a menudo quedan desatendidas. Este año, a la fecha, se han reportado 235 femicidios en Guatemala y 26 mil 814 víctimas de violencia contra la mujer. El MP asegura que los delitos contra la niñez y las mujeres son los más denunciados en el sistema de justicia y en 2022 han representado el 30 por ciento de las denuncias.

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Falso

Información falsa de fuentes que no son confiables

Paula Barrios, abogada de Mujeres Transformando el Mundo (MTM), dice que la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la mujer define conceptos que aclaran en qué contexto ocurre este tipo de violencia. Se trata de relaciones desiguales de poder entre hombre y mujer. Estas, según la ley, son "manifestaciones de control o de dominio que conducen a la sumisión de la mujer y a la discriminación en su contra". Esto no ocurre con la auditoría social, puesto que se cuestiona a la funcionaria pública por actos que realiza en el ejercicio de su labor, la cual desempeña con recursos públicos, y no se tratan asuntos personales. “Debemos entender que en el ejercicio de la función pública todas las personas pueden ser fiscalizadas. Los jueces tienen responsabilidad de no permitir que esto proceda”, dijo Barrios. Hilda Morales, abogada defensora de derechos humanos, explica que la Ley contra el Femicidio está para proteger a las mujeres en el ámbito público y privado. Por lo tanto, si a una funcionaria pública se le está cuestionando hechos que comete dentro de sus atribuciones, y ella considera que estos no se apegan a la realidad, la vía para proceder es la Ley de Libre Emisión del Pensamiento. “La ley contra el Femicidio procede cuando hay un hecho de violencia física, psicológica, económica o sexual contra la víctima y que los agentes que la cometan tengan relación con ellas en el ámbito privado o público. Los medios de comunicación tienen la facultad de cuestionar y, en caso de que no sean ciertos los hechos señalados, existe un procedimiento en la Ley de Libre Emisión del Pensamiento”, dice Morales.

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