El Congreso publicó este viernes 11 de marzo el Decreto 17-2022 que contiene la modificación a dicha ley de apoyo temporal que beneficiará a los consumidores, cuyo subsidio estará vigente por tres meses.
Según los diputados dicha ampliación tiene como objetivo palear en parte el incremento del precio de los productos derivados del petróleo, debido al conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.
¿Cuánto tiempo estará vigente el subsidio?
Según el Decreto 17-2022, el subsidio estará vigente por tres meses, a partir de la entrada en vigencia del reglamento de la presente Ley, el cuál todavía está en elaboración y tras su aprobación debe ser publicado en el Diario de Centro América.
Según el decreto, dicho reglamento deberá estar listo ocho días después de la publicación que se hizo este 11 de marzo.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Son los consumidores de gas propano envasado en cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras, pues según el acuerdo, estos representan el 80% de consumo a escala nacional.
¿De cuánto será el apoyo que otorgará el Gobierno?
- Cilindro de 10 libras, Q8
- Cilindro de 20 libras, Q16
- Cilindro de 25 libras, Q20
- Cilindro de 35 libras, Q28
¿Cuánto costará los cilindros de gas?
Los precios al consumidor final serán iguales a los que habían durante diciembre de 2021 y enero y febrero de 2022 cuando estuvo vigente el primer subsidio.
- Cilindro de 10 libras, Q49
- Cilindro de 20 libras, Q98
- Cilindro de 25 libras, Q122
- Cilindro de 35 libras, Q171
Los precios de las envasadoras, para los expendedores son:
- Cilindro de 10 libras, Q34
- El de 20 libras, Q83
- El de 25 libras, Q107
- Y el de 35 libras, Q156
¿Puedo comprar el gas en cualquier lugar?
El decreto 17-2022 establece que solo podrán ser beneficiarios del apoyo social temporal los consumidores que adquieran los productos en empresas envasadoras que se encuentran registradas como tal ante la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, antes del 28 de febrero de 2022.
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Hay que exigir factura
El acuerdo menciona que la disminución del monto correspondiente al apoyo social e el precio final de venta, deberá aparecer reflejado en la factura electrónica que por medio del Régimen FEL emitan los envasadores de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en cilindros.
No se aceptarán facturas emitidas al Consumidor Final (CF), por lo que deberá consignarse el Número de Identificación Tributaria (NIT), o en ausencia de este podrá consignarse el Código Único de Identificación del adquiriente.
¿Quién verificará que se cumpla con el precio?
El Ministerio de Energía y Minas en coordinación con el Ministerio de Economía verificarán la adecuada implementación del apoyo social temporal y deberán velar por los derechos de los consumidores, para lo cual deberán establecer los mecanismos de vigilancia y corrección necesarios.
La Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) del Ministerio de Economía deberá velar por el traslado del apoyo social al consumidor final.
Sanciones
La Diaco impondrá la sanción de 10 unidades de Multa Ajustable (UMAS) a la persona individual o jurídica que mediante acciones u omisiones en la cadena de distribución y comercialización del gas y no aplique el apoyo social temporal establecido en la ley.