Recientemente, Pamela Samayoa, presidenta de la Asociación de Estudiantes de Medicina de la Usac, le pidió al Ministerio de Salud que se haga efectivo el pago de la beca estudiantil de todos los estudiantes de EPS de sexto año ya que por la pandemia se tuvieron que salir de los hospitales, tuvieron que reformar sus rotaciones y en lugar de ser 12 meses de labor, serán solamente nueve.
Los estudiantes proponía al Ministerio de Salud que siguiera garantizando esos servicios, “así como su merecido reconocimiento”, por lo que la cartera “deberá realizar las excepciones pertinentes para asegurar la entrega de las becas, equivalentes al monto de Q1 mil 200 mensuales a todo estudiante que preste servicios de salud contemplados en el Acuerdo Gubernativo 175-2015 para el año 2021 y 2022, independientemente de la temporalidad del servicio prestado, puesto que la pandemia por el covid-19 ha forzado modificaciones temporales de los distintos estudiantes del Ejercicio Profesional Supervisado (EPS) en todo el país”.
Por lo anterior, la cartera sanitaria publicó este lunes 27 de septiembre el acuerdo de normas temporales para el otorgamiento de becas a los estudiantes de EPS del CUM, “que se lleven a cabo a partir del mes de agosto del ejercicio fiscal 2021, hasta el mes de enero del ejercicio fiscal 2023”.
El artículo 1 señala que “se faculta al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para que, en los contratos administrativos de otorgamiento de becas que se suscriban con los estudiantes de Ejercicio Profesional Supervisado de Medicina del Centro Universitario Metropolitano (CUM), de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a efecto del otorgamiento de las becas estipuladas en el Acuerdo Gubernativo Número 194-86 de fecha 8 de abril de 1986, se estipule como duración de las becas 9 meses”.
Agrega que, en ese sentido, las autoridades del CUM deben coordinar con las del Ministerio de Salud la forma en que se distribuirá el periodo de 9 meses de duración de la beca, “a efecto de que el estudiante pueda efectuar el Ejercicio Profesional Supervisado tanto en área hospitalaria como en área rural (Puestos de Salud) respecto a dicho periodo, según las necesidades que para el efecto tenga el citado Ministerio”.
En tanto, el artículo 2 refiere que el Acuerdo Gubernativo será aplicable únicamente para los EPS del CUM “que se lleven a cabo a partir del mes de agosto del ejercicio fiscal 2021, hasta el mes de enero del ejercicio fiscal 2023”.
Mientras que el artículo 3 señala que “en todo lo demás relacionado con las becas a las que se refiere la presente disposición, ya sea en cuanto al monto y cantidades de becas, entre otros aspectos, se estará a lo estipulado en la normativa legal vigente y en el Acuerdo Gubernativo Número 194-86 de fecha 8 de abril de 1986”.
Postura
Al respecto Salud dijo que: “derivado de las disposiciones y medidas preventivas tomadas ante la emergencia sanitaria por covid-19, las prácticas hospitalarias de vieron suspendidas, esto provocó que los estudiantes del el Centro Universitario Metropolitano no pudieran cumplir con el requisito en el tiempo acordado”.
Agrega que “al retomar las prácticas hospitalarias se visualizó que la cantidad de estudiantes designados para prácticas se había duplicado, pues se tenía en este grupo a dos “promociones”, por esta razón se acordó reducir el tiempo de 12 a 9 meses”.
Agregó que “esta ley es válida únicamente para el Centro Universitario Metropolitano, pues es la única institución que realizó esta modificación, pues el resto de instituciones no tuvo problema con la capacidad para recibir a todos los estudiantes” y que se espera que para enero del 2023 todo regrese a la normalidad.