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Guatemala, lunes 03 de septiembre de 2007

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Nacionales

Señalan a jueza por autorización anómala
Operadora de justicia habría obviado dictamen de PGN
Por: Olga López

Foto de portada
La Procuraduría General de la Nación indica que en este juzgado se habrían autorizado al menos 10 adopciones sin el aval correspondiente. Foto Prensa Libre: Erlie Castillo.

Sin escuchar ni tomar en cuenta los dictámenes de la Procuraduría General de la Nación (PGN), la jueza Elia Berdúo Samayoa autorizó 10 adopciones de niños a familias estadounidenses.

Los menores estaban internados en la Asociación Primavera, entidad que no cuenta con autorización de la Secretaría de Bienestar Social para operar como casa cuna.

Las escrituras de adopción fueron otorgadas en junio y julio de este año, según se constató en las resoluciones de la jueza Berdúo, a las que Prensa Libre tuvo acceso.

Josefina Arellano, jefa de la Unidad de la Niñez y la Adolescencia, de la PGN, explicó que los abogados de los padres adoptivos presentaron los expedientes en el Juzgado de Primera Instancia de Familia, pues esa institución les exigió cumplir algunos requisitos antes de avalar las adopciones.

Procedimiento

Según el artículo 4 de la Ley Reguladora de la Tramitación Notarial de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria, si la PGN se opone a una adopción, el expediente se remite a un juzgado de Familia para que un juez resuelva la solicitud de los padres adoptivos.

Arellano agregó que cuando piden a los notarios cumplir con determinados requisitos, no significa que la PGN se esté oponiendo a la adopción.

Sin embargo, dijo que los abogados argumentaron en sus memoriales que esta institución se oponía a estas adopciones, y la jueza resolvió a favor de ellos, sin correr audiencia a la PGN para presentar sus argumentos.

“La jueza debía tomar la opinión de la PGN en el proceso, porque en el estudio que se hizo de cada expediente se determinó que faltaban requisitos”, aseveró Arellano.

A lo anterior se suma que la citada judicatura notificó extemporáneamente las resoluciones a la PGN, y no en los tres días hábiles, como señala la ley.

Según los documentos, la jueza resolvió de manera favorable entre el 28 de junio y el 26 de julio, y la PGN fue notificada hasta la segunda semana de agosto.

Fuera de tiempo

Por esta situación, Arellano teme que los recursos de nulidad que interpuso la PGN para dejar sin efecto estas adopciones sean rechazados, por presentarse fuera de tiempo.

La Procuraduría inició una investigación en las judicaturas de todo el país para establecer si hay más casos como éste, para presentar acciones legales para dejarlos sin efecto. También envió una circular a sus delegaciones departamentales y les advirtió sobre la nueva manera en que operan los profesionales del Derecho.

Mario Gordillo, procurador general de la Nación, manifestó que la jueza Berdúo transgredió los artículos 108 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y 51 de la Constitución, que establecen la legitimidad que tiene la PGN para ser tomada en cuenta en todo proceso judicial de menores.

“Es obligación de los jueces correr audiencias y tomar en cuenta los dictámenes de la PGN, pues somos los representantes legales de los niños que serán entregados en adopción”, aseveró.

Gordillo y Arellano visitaron la semana pasada a los jueces de Familia para concienciarlos de que no caigan en el juego de los abogados.

Omisión

Entre los requisitos que fueron omitidos por la jueza Berdúo al resolver los 10 expedientes están incorrecciones en las partidas de nacimiento de los niños y de las madres biológicas.

Tampoco se adjuntó a los expedientes la certificación del registro de personas jurídicas, donde conste la inscripción de la Asociación Primavera, y del acta de nombramiento de la representante legal, Enriqueta Noriega.

Berdúo resolvió que estos documentos no eran necesarios para aprobar la adopción, pues las madres habían entregado a sus hijos de manera voluntaria y que la maternidad se demostraba con las pruebas de ADN que se les practicaron.

En cuatro de estos casos, Berdúo había negado otorgar las escrituras de adopción a las abogadas Ilda Yaresa Medina Vielman y Alma Beatriz Valle Flores, pero cambió de opinión.

Otro de los favorecidos fue el abogado Douglas Lainfiesta, a quien la Procuraduría había solicitado una reposición del acta de nacimiento de la madre.

En tres ocasiones Prensa Libre intentó hablar con la jueza Berdúo. Sin embargo, a través de su secretaria Olga Herrera Álvarez y de la oficina de comunicación del Organismo Judicial indicó que, según el artículo 14 de la Ley de Tribunales de Familia, los procesos de ese ramo no son públicos.

Casa cuna sin localizar: No responden

Los abogados mencionados prefirieron no opinar. La casa cuna no está registrada.

Este diario buscó a la abogada Medina en la 45 avenida 19-33, zona 5, La Chácara, dirección registrada en el Colegio de Abogados. Sin embargo, la persona que atendió dijo que ese inmueble no es oficina, y que ella llegaba de manera esporádica.

A la abogada Valle se le dejaron mensajes con su secretaria, pero no respondió.

El notario Lainfiesta manifestó por escrito que la PGN objetó el proceso donde actúa como representante legal de los padres adoptivos, con el argumento de que no se cumplían unos requisitos que la ley no solicita en un proceso de adopción. Agregó que el notario a cargo del trámite, con base en el decreto 54-77, pidió que el expediente fuera remitido a un juzgado de Familia.

“Encontrándose el expediente en el Juzgado Primero de Familia (…) éste declaró con lugar las diligencias de adopción y ordenó que se otorgara la escritura pública, y de esta manera avaló la legalidad y transparencia de dichas diligencias”, expresó.

Casa dudosa

La Asociación Primavera estaría operando de manera clandestina, pues no está registrada en la Secretaría de Bienestar Social. Su dirección es la 3a. calle 20-54, zona 10.

Aunque la secretaria, que no dio su nombre, dijo que era una oficina de abogados, los vecinos sostienen que en ese lugar hay niños.

Carmen de Wennier, jefe de la Secretaría de Bienestar Social, aseguró que esta asociación no aparece en el listado de las 126 casas cuna autorizadas.

En el sistema electrónico del Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación, esta entidad sólo está registrada como asociación, y se inscribió en Mixco el 19 de agosto de 1999.

Lista: La PGN cuestiona autorización

Algunos expedientes que hay en el juzgado:

Expediente 11047/2007 Niña: Érika Isabel Canté Osorio, nueve meses. Padres adoptivos: John Traupman Bodnar y Lory Chomo Traupman. Faltó certificación del registro de personas jurídicas de la Asociación Primavera y fotocopia legalizada del acta de nombramiento de la representante.

No. 9640/2007 Niño: Wilson Caal, de 2 años. Madre adoptiva: Theresa Marie Hopkins.

Irregularidad detectada: la madre del menor fue inscrita de manera extemporánea en el Registro de Nacimientos. Abogada de adoptantes: Ilda Medina.

No. 17705/2007 Niña: Isabella Bámaca Ramírez, de 1 año. Padres adoptivos: Jeffrey Wayne Salemi y Amanda Landy Salemi. En el expediente faltó número de registro de la cédula de vecindad del abuelo de la niña, quien dio el consentimiento.

Abogada de adoptantes: Ilda Medina Vielman.

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