Política

¿Puede ser removida la fiscal general por medio de una consulta popular?

El presidente Bernardo Arévalo se refirió al análisis sobre realizar la consulta respecto al tema.

 EFE/ David Toro

La Fiscal General, Consuelo Porras, considera que ha cumplido con su mandato, mientras el presidente Bernardo Arévalo busca salidas legales para su destitución. (Foto Prensa Libre: EFE)

El presidente Bernado Arévalo abrió la posibilidad de que solicite una consulta popular para "lograr liberar al MP de la red político, económica y legal que en este momento lo tiene controlado". Aunque asegura que aún no se tiene claro cuál sería el objetivo de la misma.

Según explicó el abogado Francisco Quezada, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), la Constitución contempla dos motivos por los cuáles un tema puede ser sometido a tal procedimiento: pueden ser razones políticas, que no alteren las leyes, y una reforma de la Constitución.

“Ni un presidente ni nadie puede someter a una consulta popular algo que está normado. Significa que si la fiscal está amparada bajo la ley, en una consulta popular no se puede contravenir la ley. Entonces, en este caso, la consulta popular sería fallida, porque no se puede en una consulta contravenir la ley”, dijo Quezada.

El analista del Cien explicó que por medio del procedimiento sí se podría modificar el artículo constitucional donde se establece las causas de remoción de la fiscal.

En ese caso, se debe solicitar opinión a la Corte de Constitucionalidad antes de realizar la consulta, añadió Quezada.

“Creo que el presidente está ensayando un camino en donde no ha sido bien aconsejado”, dijo el analista.

El tema ya había trascendido la semana pasada cuando el grupo Unidos por la Democracia, de Cobán, Alta Verapaz, lo planteó. Los líderes de este grupo de la sociedad civil pidieron la consulta por tratarse de un tema político. Consideran que el actuar de Porras desde 2023 ha sido causa justificada para separarla del cargo.

“Es importante considerar que, ante los hechos criminales, el contubernio de la fiscal general con el organigrama que la mantiene en el cargo se hace necesario que la población se pronuncie y ejerza el poder público que por ley asiste a través de la consulta popular”, dijo el sacerdote Sergio Godoy, en una conferencia en Cobán la semana pasada.

Procedimiento

  • La consulta popular está contemplada en la Constitución y en la Ley y Reglamento Electoral y de Partidos Políticos.
  • La Constitución establece que es el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el que hará el llamado a petición del presidente de la República o del Congreso.
  • En ese sentido, la Ley y el Reglamento electoral ordenan que el llamamiento se realice no menos de 90 días antes de la celebración. También que el día de la votación debe de ser domingo.
  • Además, deberán ser preguntas en sentido afirmativo, que la respuesta sea “sí” o “no”.
  • En la era democrática se han celebrado tres consultas populares, la última en el 2018 cuando se decidió elevar a la Corte Internacional de Justicia el diferendo con Belice. En esa ocasión, el costo del evento electoral fue de Q300 millones.

ESCRITO POR:

Fátima Najarro

Periodista de Prensa Libre especializada en el Organismo Ejecutivo, fiscalización y política, con varios años de experiencia en medios escritos.