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CC limita desfile LGTBI y abre un debate sobre los alcances de la libertad de acción y manifestación

Tres especialistas en temas de derechos humanos critican resolución de la Corte de Constitucionalidad sobre realización de desfile de la diversidad sexual e identidad de género.

La Corte de Constitucionalidad amparó provisionalmente a un abogado que cuestionó la realización de una a una actividad de la comunidad LGTBQ+ que se llevará a cabo el 29 de junio. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La Corte de Constitucionalidad amparó provisionalmente a un abogado que cuestionó la realización de una a una actividad de la comunidad LGTBQ+ que se llevará a cabo el 29 de junio. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La Corte de Constitucionalidad emitió este 28 de junio un amparo provisional en favor del abogado Roberto Antonio Cano López que se oponía a que se llevara a cabo el desfile de la diversidad sexual e identidad de género el 29 de junio en la Ciudad de Guatemala.

En la resolución emitida por la CC, y que aprobaron por unanimidad los magistrados Nester Vásquez, Héctor Pérez Aguilera, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa y Juan José Samayoa, en suplencia de la titular Leyla Lemus, la CC dio con lugar el amparo provisional a Cano López.

La CC resolvió que el desfile puede llevarse a cabo, pero conmina a diversas autoridades a “vigilar y garantizar los derechos de los promotores y participantes de los desfiles, así como de los habitantes del país que deseen expresar sus opiniones respecto de las libertades que se promueven o las ideas que sean expresadas en la actividad”.

También se pide que se protejan “los valores espirituales y morales de la sociedad, en especial niños, niñas y adolescentes”.

Detalla que, según la ley, el Estado debe evitar que los niños sean expuestos a informaciones, expresiones y material “incompatible” con su “estado de niñez”.

Además, exhorta a los promotores del desfile y ciudadanía para que respeten la paz social, protección a la persona, familia y niñez, orden público y derechos humanos.

 Pide que se ejerzan los derechos de los participantes en forma pacífica y “conforme a las buenas costumbres” y que se evite incurrir en “actividades contrarias al orden constitucional”.

La CC conminó también a la Procuraduría de los Derechos Humanos a supervisar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el amparo provisional.

Regresiva y aberrante

Para Esteban Celada Flores, doctor en ciencias penales y defensor de derechos humanos de la entidad Ius Dignitas, la CC cometió una aberración jurídica al otorgar el amparo provisional.

“He visto desde hace mucho tiempo cómo algunos diputados intentan generar un discurso de que con ‘nuestros niños no te metas’, y que, al final, es a nivel mundial, pero lo han usado en Guatemala en el marco de la educación integral en sexualidad, los derechos sexuales y reproductivos y por supuesto que va involucrado los derechos de la comunidad LGBTI”, explica Celada.

“El asunto es que en el memorial no evocan el fin del desfile, sino discursos antiderechos y, sobre todo, muy represivos, relacionados con los derechos humanos”, añade.

El problema con la resolución de la Corte es que se “intenta crear un estigma sobre las expresiones de la comunidad LGTBI. “Usa discursos del interés superior del niño para intentar crear ese estigma”, argumenta.

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“La CC traslada al final la responsabilidad de cualquier confrontación hacia los organizadores del desfile y en redes sociales hay muchos netcenter que llaman a la confrontación”, expresa Celada.

El precedente que deja la CC, según Celada, es muy malo, “porque al final es una forma de violencia institucional.

“Las fechas importantes en torno a los derechos humanos se usan para crear precedentes jurídicos, de acciones o de casos emblemáticos. En este caso es una forma de violencia institucional de una Corte que ha sido retrógrada y bastante regresiva en torno a los derechos humanos”, apunta.  

Para Celada es necesario que las organizaciones que trabajan con derechos humanos LGBTI no solo hagan acciones políticas, sino “también den la cara en el contexto jurídico, porque al final es lo que lo norma y lo que importa”.

“Lamentablemente todo se ha judicializado a través de la Corte de Constitucionalidad. Entonces no queda solo en gritar, sino que hay que tomar acciones legales”, sugiere.

Arbitraria y aberrante

Javier Urízar, abogado en derechos humanos, asegura que la resolución de la CC “es ruin, ignorante y completamente contraria a los derechos humanos. Ni alcanza el tiempo para describir todo lo que está mal con ella”.

Según Urizar, ordena que se "protejan los valores espirituales y morales de la sociedad", y se cuestiona ¿Qué es un valor espiritual? ¿No es Guatemala un Estado Laico?

“Ya la Corte Interamericana de Derecho Humanos ha indicado que las convicciones religiosas o filosóficas no pueden ser utilizadas como parámetro de convencionalidad, ni como una guía interpretativa para determinar los derechos de seres humanos", recuerda Urizar.

Urízar contextualiza que el comité de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha opinado igual sobre usar "la moral" como medio de restricción de derechos debe ser algo sumamente extraordinario, y nunca se puede basar en una interpretación de "moral" que responde a una sola ideología social, filosófica o religiosa.

Urizar cree que, además de lo aberrante que es citar la Convención de los Derechos del Niño con una interpretación contraria a lo que el propio Comité de los Derechos del Niño ha dicho, “es importante destacar lo peligrosa que es la resolución por su naturaleza tan ambigua”.

Habla de proteger los valores morales y espirituales de la población, pero ¿qué significa eso? ¿Qué actos atentan contra estos valores? Pone muy en riesgo a cualquier persona en la protesta, pues queda a discreción de las autoridades determinar qué actos atentan contra estos valores. “Eso es arbitrario, y la arbitrariedad en el poder del Estado es peligrosísima”, puntualiza.

Peligrosos detalles

Para el exjefe de la Procuraduría de los Derechos Humanos, (PDH), Sergio Morales, la resolución de la CC trata de conciliar varios aspectos.

“Busca proteger los derechos de todas las partes que desean expresar sus ideas, pero lo que se debe tener en cuenta es que este derecho no incurra en violentar las cosas durante el desfile”, comenta Morales.

La CC, en el amparo, por un lado, salva dos derechos distintos, y deja en el aire que los participantes puedan sufrir un boicot.

“Es importante este último detalle porque un acto de violencia o boicot, viola el derecho a las manifestaciones públicas, que son una garantía constitucional de libertad de expresión y pensamiento”, analiza.

Para Morales se debe reconocer que en Guatemala todos somos iguales y libres en derechos. “No debe permitirse que se use eso como un arma para boicotear con violencia a los que no piensan igual a otros”, resalta.

A Morales le parece inaudito que la CC conmine al Procurador de los Derechos Humanos a hacer algo, “porque la Constitución dice que no está sujeto a ninguna autoridad. Es una cosa delicada porque resolvieron que el Procurador reciba órdenes de otros. Eso no puede ser”.

Respecto a citar la convención de los derechos del niño Morales lo halló innecesario, “porque puede producir confusiones, o llevar a que se boicotee o haya violencia”, reflexiona.  

“La Constitución garantiza que todos somos libres e iguales en dignidad y derechos. La comunidad LGTBI tiene la libertad y el derecho de expresarse. Llama la atención que un desfile pueda realizarse o no, pero es curioso que aparezca este tipo de expresiones”, comenta.

Inmoral

Consultado por Prensa Libre y Guatevisión el abogado Roberto Cano, quien interpuso el amparo contra del desfile, expresa que “el espíritu de la acción es que no se vulnere el interés superior del niño. Un interés que está protegido en una tutela judicial efectiva, constitucional e incluso es una obligación internacional”.

Según Cano es necesario que se le respeta su integridad y su indemnidad sexual y no se rompa la estructura social.

“Una familia tradicional ahora quieren que sea hombre con hombre, pero eso es disolución social y humana, porque no quieren que nos reproduzcamos”, justifica.

Para Cano el problema con todo esto es que “vamos a tener que someternos a cualquier ideología extranjera que desea nuestros recursos, que quiere nuestro país, que nos ven como animales de experimento y no lo vamos a dejar”, argumenta.

En el memorial que presentaron ante la CC, el abogado planteó como antecedente la convocatoria realizada en “medios digitales tanto nacionales como extranjeros, por la preparación con antelación para realizar dicho desfile degradante e inmoral, anunciado para el 29 de junio de 2024”.

Según el amparista “el desfile pasado, el cual fue arrollador, donde incluso todas sus entidades afiliadas desfilaron en estado deplorable de euforia, alcohol y con escenas obscenas contrarias a la moral”.

En ese desfile hubo mensajes donde se leía “niños, ustedes saben para qué sirven sus labios”. Según Cano ese tipo de mensajes subliminales mina la dignidad infantil siendo esta un derecho tutelado.

ESCRITO POR:

Raúl Barreno Castillo

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad y justicia con 25 años de experiencia.